Normativa comercialización y manipulación gases fluorados

Señores clientes queremos comunicarles:

Que desde el pasado 1 de enero de 2020 entró en vigor la normativa que regula la comercialización y manipulación de gases fluorados de efecto invernadero que afectan al calentamiento global.
Mediante este reglamento queda prohibida la utilización de gases fluorados con un PCA mayor o igual a 2.500 en nuevas instalaciones, mientras que si se trata de operaciones de mantenimiento/reparación se podrán realizar cargas de hasta un máximo de 40 toneladas de CO₂-equivalente a 10 kg de R-404A aproximadamente

Por el momento y hasta que entre en vigor en 2030, quedan exentas todas aquellas recargas que lleven gases regenerados o reciclados provenientes de otras instalaciones frigoríficas.
Un ejemplo del gas que no podrá ser utilizado en nuevas instalaciones a partir del 2020 es el R-404A que posee un PCA de 3.922. Como sustitutos a este gas, se encuentran el R-448A y el R-449A que poseen un PCA de 1.386 y 1.397 respectivamente.

Existen otros refrigerantes que van cogiendo peso en el mercado y que son muy recomendables ya que poseen un PCA muy bajo como el R-513A con un PCA de 631 y el R-450A con un PCA de 601 que son sustitutos del R-134a con un PCA mayor.

Hay que recordar, que todos estos refrigerantes aquí mencionados son del tipo seguridad A1, por lo que pueden ser manipulados por cualquier empresa instaladora/mantenedora habilitadas.

Antes de elegir cualquier opción ,es recomendable comprobar con el fabricante que el gas seleccionado esté homologado para el compresor y el resto de componentes de la instalación.

En caso de duda, rogamos se pongan en contacto con la delegación de Anfrigal más próxima

La dirección de Anfrigal
Borja Méndez Lorenzo

 

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